Los bufetes de abogados de herencias en Pallejà están acostumbrados a lidiar con problemas relacionados con el reparto de los bienes de un fallecido. Sin embargo, muchos de los que llegan a sus oficinas, ya sea con el propósito de hacer testamento o de hacer efectiva una herencia, no tienen claras las disposiciones legales al respecto. Aquí queremos explicártelas en detalle.
En primer lugar, los abogados de herencias en Pallejà suelen determinar cuál es la legítima. Según el Código Civil, esta debe suponer, al menos, un tercio de los bienes del fallecido y, posteriormente, dividirse a partes iguales entre sus descendientes directos. La legítima, salvo en aquellos improbables casos en los que se consigue desheredar a un hijo, es intocable.
Un letrado de herencias debe hablar también del tercio de mejora, el cual sí puede ser repartido según el libre albedrío del fallecido. Este está destinado a beneficiar o perjudicar a unos sobre otros. Finalmente, solo queda hacer referencia al tercio de libre disposición, que es aquel que puede dejar a cualquier destinatario sin importar si es o no heredero directo.
En el caso de los tercios de mejora y libre disposición, el fallecido, antes de su muerte, deberá haber acudido a un abogado de herencias para la redacción de un testamento y, posteriormente, ponerlo a disposición de un notario mediante escritura pública. Este es el único modo de que se hagan efectivos.
En definitiva, el reparto de las herencias es una cuestión compleja y muy dada a que surjan contratiempos y conflictos entre los herederos de los bienes dejados por el fallecido. Por ello, desde el primer momento, lo mejor es ponerse en manos de profesionales cualificados en la materia como los que formamos parte de CASTELLANOBOLADERAS (CB) Advocats. Atenderemos tu llamada, te proporcionaremos el asesoramiento que necesitas y haremos valer tus derechos.